Compra de material nautico a El Dorado
El Parlamento de Rotham en sesión extraordinaria legisla:
CAPITULO 1
Objeto y alcance
Art. 1 – Objeto de la Ley
El Primer Ministro, Su Excelencia, Matías Ibarra solicita al Parlamento de Rotham la autorización para compra de material náutico al Estado Social de El Dorado.
Art. 2 – Alcances
Esta ley admite la compra en el mes de febrero de 2016, de treinta y tres embarcaciones, de distinta envergadura que serán detallados a continuación.
CAPITULO 2
Definiciones
Art. 3 – Se autoriza al poder ejecutivo a la compra de treinta y tres embarcaciones náuticas al Estado Social de El Dorado.
Art. 4 – La flota a adquirir se compondrá de los siguientes barcos y cantidades:
- Fragata F-100 – 15 unidades
- Corbeta Sa’ar – 5 unidades
- Patrullero OPV 80 – 10 unidades
- Destructor DDG – 3 unidades
Art. 5 – El presupuesto asignado para dicha compra es de Vk. 595.150.000 (quinientos noventa y cinco millones, ciento cincuenta mil vikos), que equivalen a la misma cifra en Gaitanes.
Art. 6 – Comuníquese.
Dado en la Sala de Sesiones del Parlamento Vikense, en Virtualopolis, a los dos días del mes de Febrero del año dos mil dieciséis.